MODELOS DE SALUD MENTAL EN PUGNA
Por Romina Duarte y Gastón Etcheberry
En el tratamiento de la Salud Mental en Argentina, en general, y en la Ciudad de Buenos Aires, en particular, existe un bloque hegemónico promotor de un paradigma que estigmatiza y aísla a los sujetos y por otro lado, como contraposición, modelos comunitarios que responden a la problemática desde las condiciones del entorno y lo vincular ¿Cuál el estado de situación, cuáles son los modelos en disputa y qué respuestas multidimensionales se pueden brindar?
“Mientras los médicos sigamos viendo enfermedades y olvidemos al enfermo como una unidad biológica, psicológica y social, seremos simples zapateros remendones de la personalidad humana”.
Dr. Ramón Carrillo
INTRODUCCIÓN
En el siguiente trabajo veremos cómo un paradigma hegemónico empezó a ponerse en cuestión en la última década con la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 y la Ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Salud Mental 448, abordaremos los alcances de las mismas y el acompañamiento de las políticas públicas vinculadas, para comprender el estado de situación de la Salud Mental en el territorio de la CABA y en el territorio nacional.
Por último, veremos qué repercusiones tuvo en la Salud Mental de dichos territorios la crisis de la pandemia de Covid-19 y las medidas de Aislamiento Social Obligatorio, para proponer recomendaciones que nos sirvan para dar respuestas multidimensionales para las personas que padecen problemáticas vinculadas a la salud mental y para sus familiares.
EL CAMPO DE LA SALUD MENTAL
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la salud mental como “el estado de bienestar en el cual la persona es consciente de sus propias capacidades, puede afrontar las tensiones normales de la vida y trabajar de forma productiva y fructífera, y es capaz de hacer una contribución a su comunidad”.
El desarrollo de las prácticas en Salud Mental ha evidenciado un tránsito importante en las últimas décadas. Históricamente, la respuesta para la atención al sufrimiento mental ha sido centrada en internaciones prolongadas en instituciones psiquiátricas. De la concepción “manicomial” que imperó por siglos en los sistemas asilares originados en Europa se ha pasado lentamente a una concepción que privilegia el manejo ambulatorio, las hospitalizaciones de corta estancia, el modelo de comunidad terapéutica y la rehabilitación psicosocial (Galende, 2015). Para que este proceso se produzca de forma exitosa, es necesario crear una red de servicios sustitutivos, con la plena integración de la salud mental en el sistema de salud general.
El campo de la salud mental es heterogéneo y está atravesado por la fragmentación y segmentación del sistema de salud en su conjunto, así como por conflictos corporativos y posicionamientos diversos. En él hay multiplicidad de prácticas y agentes: el trabajo en el primer nivel de atención, en hospitales estatales generales o monovalentes (con sus distintas dependencias), las prácticas de atención en obras sociales y empresas de medicina privada y las prácticas privadas.
Diversos factores han influido en este cambio de paradigma, destacamos los siguientes: el desarrollo de psicofármacos con un mayor potencial terapéutico y un mejor perfil de seguridad; la contribución de las nuevas formas de psicoterapia; el desarrollo de los modelos de hospitalización parcial desde mediados del siglo XX; la evidencia en la preservación de la autonomía de la persona como insumo terapéutico; la extensión de la red de servicios de salud mental hacia la comunidad; y por último, el reconocimiento de los derechos de ciudadanía junto a la promoción de las libertades fundamentales de las personas que conviven con trastornos mentales.
MODELOS EN PUGNA
El concepto de modelo hace referencia a un proceso sistemático. Cuando hablamos de modelos de atención, nos referimos no sólo a las actividades de tipo biomédico, sino a todas aquellas que tienen que ver con la atención de los padecimientos en términos intencionales, es decir que buscan prevenir, dar tratamiento, controlar, aliviar y/o curar un padecimiento determinado (Menéndez, 2003).
En el presente apartado se analiza desde una relectura crítica dos modelos en materia de salud mental. Teniendo en cuenta que los conceptos son determinados histórico-socialmente. Los modos de comprensión de lo patológico son históricos y cambian las formas y contenidos de la alienación mental, como también las teorías y prácticas que dan cuenta de ella:
Modelo médico-hegemónico:
A pesar de las impugnaciones de la última década expresadas fundamentalmente en la Ley Nacional 26.657 este modelo continúa siendo el modelo preponderantemente hegemónico de la sociedad argentina, el mismo se constituye a partir de un bloque de poder entre Asociaciones Profesionales de Psiquiatras, las clínicas privadas y la industria farmacéutica, sobre una racionalidad técnica que distingue los límites de las identidades en la división entre normales y enfermos, proponiendo intervenciones que más que resolver las problemáticas de salud mental tienden a beneficiar sus intereses económicos.
Como podemos vislumbrar en el contexto actual, una racionalidad que considera normal al individuo que es responsable por sí mismo de sobrevivir en la era del mercado, donde la autoexigencia determinantemente sostenida sobre el individuo, no es correlativa a la precariedad a la que nos somete el crecimiento mundial de las desigualdades.
Desde este paradigma se establece rígidamente las categorías de enfermo/demente/loco, como una condición inalienable de la persona que lo determina al que solo se lo puede tratar con aislamiento, separándolo de la sociedad, y por el otro lado proponen medicalizar ciertos comportamientos como si solo dependieran de factores biológicos.
Este modelo jurídico ordena bajo las políticas de la identidad, determina una línea divisoria entre lo normal y lo anormal, vinculado a un tipo de racionalidad que se constituye al servicio de los modos de producción vigentes, y donde la locura es agrupada como un conjunto de conductas condenables, asociando la misma a la culpabilidad. En este marco surgen las casas de internación mediante la cual con la coacción moral se busca volver a la “verdad” a esas subjetividades irracionales (Foucault, 1964).
Lo remarcable de ambas respuestas se encuentra en que consideran a los problemas de salud mental como frutos de las características individuales de la persona, con un determinismo en lo individual y en lo biológico, dejando poco lugar para comprender dicha problemática en un contexto social, y en un entorno incapacitante.
El modelo médico hegemónico que configura el bloque de poder descrito tiene dos máximas, las internaciones y la medicalización, si bien este modelo construye harta evidencia científica para llegar a esas máximas, debemos poner en cuestión la forma epistemológica de dichas evidencias.
Este modelo prioriza las voces que se configuran en el canon del positivismo médico por vía ahora del respaldo de la neurobiología y la industria farmacéutica, frente a los criterios de una perspectiva social y cultural de la salud mental (Galende, 2015).
Para comprender esto es necesario abordarlo con perspectiva de género, dado que el modo en que se plantea la discusión en estos días es una muestra más de cómo opera la estructura patriarcal en los fundamentos de nuestra sociedad, donde tal como describe Rita Segato en “La Guerra Contra las Mujeres”, se constituye una jerarquía a partir de una figura masculina vinculada a la racionalidad, separada de sus otros, se constituye así una distinción entre los sujetos reconocidos y los otros cosificados. De esta manera el trasfondo del debate es, si considerar a las personas que padecen problemáticas vinculadas a la salud mental, como sujetos de derechos o como objetos a ser aislados.
“Si la enfermedad mental es, en su origen, la pérdida de la individualidad, de la libertad, en el manicomio el enfermo no encuentra nada más que el lugar en donde estará completamente perdido, vuelto un objeto por la enfermedad y por el ritmo de internado.”
(Basaglia, 1964)
El paradigma epistemológico que se construye en esta objetividad del positivismo médico trae aparejado dos consecuencias que vemos hoy en día latentes, por un lado cosifica a los sujetos con problemáticas vinculadas a la Salud Mental y por el otro en esa misma objetividad niega la propia subjetividad desde donde se financian.
Partiendo de aquí, entendemos el lugar que este bloque hegemónico le da al lenguaje técnico y profesional de quienes aceptaron este paradigma epistemológico, negando a su vez otras subjetividades que tienen la misma rigurosidad en sus investigaciones pero no niegan las parcialidades desde las que investigan, como es el caso de investigaciones vinculadas al psicoanálisis, la sociología, el sanitarismo comunitario, etc.
Modelos Comunitarios:
La salud mental en la Comunidad, es preservar en todo lo posible los vínculos comunitarios, familiares y sociales, a la vez que toda estrategia de rehabilitación debe orientarse a la integración social del sujeto afectado.
Siguiendo a Galende (2011) la salud mental comunitaria es también un proyecto en construcción, un giro de la atención en tres dimensiones: a) pasar de la hospitalización psiquiátrica asilar a servicios próximos a la comunidad y al territorio, lo que denominamos “servicios comunitarios”; b) pasar de una práctica de la prescripción basada en la autoridad del profesional a una consideración del sujeto en toda su dimensión y complejidad, respetando su dignidad y reconociendo sus derechos; c) pasar de un enfermo como sujeto pasivo de su tratamiento a un sujeto activo, partícipe y protagonista de su tratamiento, lo cual además de contar con su “consentimiento informado” para toda decisión de tratamiento se trata de incluir a su familia, y en lo posible a miembros significativos de su comunidad, en el proceso de atención.
El modelo comunitario se acoge al principio de integrar los servicios de salud mental en la atención general de salud y en otros servicios externos al ámbito de la Salud (por ejemplo, los de educación, vivienda, empleo, justicia y bienestar social). El modelo comunitario, por consiguiente, requiere la participación y el compromiso activos, no solo del personal sanitario y de los servicios de Salud Mental, sino también de los interesados directos y los profesionales de otros sectores, incluidas las organizaciones de usuarios de los servicios de Salud Mental y sus familiares, trabajadorxs sociales, la policía, abogadxs, jueces, y demás interesados.
Para que los servicios de salud mental se orienten hacia un modelo comunitario, son esenciales una política clara y un plan nacional que proporcionen un marco coherente para planificar la reforma de los servicios de manera sistemática. El apoyo político y financiero es decisivo para que se lleve a cabo la reforma de los servicios. Todos los grupos clave de interesados directos, incluidos lxs referentes de la comunidad, lxs usuarios y sus familias, deben participar en la conceptualización, difusión y ejecución de la política y el plan.
LOS CAMBIOS DE PARADIGMA DE LA ÚLTIMA DÉCADA
Ley de Salud Mental Provincia de Río Negro 24401
Promulgada en octubre de 1991 fue el primer antecedente de Ley de Salud Mental en la Argentina que rompe el estigma de la inalienabilidad de las personas con padecimientos de Salud Mental, modifica la categoría de dementes a sujetos con padecimiento de sufrimiento mental, es decir como sujetos de derecho y a la vez promueve la desmanicomialización.
Ley de Salud Mental de la CABA 4482
Promulgada en el 2000, la ley busca garantizar el derecho a la salud mental, la misma incorpora el reconocimiento de la salud mental como un proceso determinado histórica y culturalmente en la sociedad, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social, y está vinculada a la concreción de los derechos al trabajo, al bienestar, a la vivienda, a la seguridad social, a la educación, a la cultura, a la capacitación y a un medio ambiente saludable.
La salud mental es inescindible de la salud integral, y parte del reconocimiento de la persona en su integridad bio-psico-socio-cultural y de la necesidad del logro de las mejores condiciones posibles para su desarrollo físico, intelectual y afectivo.
La misma considera a la internación como una modalidad de atención excepcional cuando ninguna modalidad ambulatoria fuese posible, reconoce la pluralidad de concepciones respecto a los abordajes de la salud mental y entre sus objetivos se encuentra evitar políticas, técnicas y prácticas que tengan como fin el control social.
Son fundamentos de dicha ley la necesidad de la articulación comunitaria en red y los dispositivos intermedios de vinculación, acompañamiento y reinserción social.
Ley Nacional de Salud Mental 26.6573
Promulgada en el 2010, derogando la Ley 22.914, la cual estaba desactualizada con afirmaciones regresivas tales como hablar de “dementes” en vez de “declarado incapaz por causa de enfermedad mental o adicciones”, deja de hablar de “toxicómanos” para hablar de personas con “adicciones” y “problemas de consumo”. Por otro lado, la anterior ley habilitaba la “intervención policial” para internación lo que fue reemplazado por la intervención de “autoridades públicas”. Para las internaciones involuntarias, se incorpora la necesidad de la prescripción de un equipo interdisciplinario luego evaluado por un juez, lo que antes solo estaba en manos de la Justicia.
Fundamentalmente, la nueva ley busca la desmanicomialización del sistema junto a garantizar los derechos fundamentales de las personas con problemáticas de Salud Mental, poniendo el énfasis en la protección de la salud mental de las personas y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental.
AVANCES Y DIFICULTADES DE LA ÚLTIMA DÉCADA
Desde el inicio de la gestión de gobierno del entonces presidente Néstor Kirchner en 2003, se comenzó a trabajar a partir de un enfoque transversal de los derechos humanos. Que por un lado implicó la adecuación normativa del derecho interno con el derecho internacional de los derechos humanos, así como también a la revisión de las prácticas y reformas institucionales para consolidar una política pública en derechos humanos.
En lo que concierne al impulso de políticas públicas, se propició la creación de la Mesa Federal de Salud Mental, Justicia y Derechos Humanos4 (2005) de la cual participan directores de hospitales, autoridades provinciales en materia de salud mental, asociaciones de familiares y organismos de derechos humanos y también usuarios del sistema de salud mental.
La aprobación de la Ley Nº 26.657 en el año 2010 y su Decreto Reglamentario Nº 603 (2013) regulan la protección de los derechos de las personas con padecimiento mental y se presentan como una innovadora legislación en materia de política en Salud Mental. Fundamentalmente con esto se modifica la perspectiva de entender a la persona como objeto del sistema a entenderla como sujeto de derecho.
A partir de esta ley, se transformó los modos de vinculación del Estado y el campo de la Salud Mental en dos modalidades, por un lado, incorpora los principios y declaraciones regionales e internacionales tendientes al mejoramiento de los cuidados en salud mental y por el otro, establece las responsabilidades políticas y sociales que promueven el efectivo acceso al ejercicio de los derechos (Galende, 2011).
Establecida la Salud Mental como asunto de Salud Pública, sus políticas y modelos de atención se ajustan a los sistemas de atención médica dentro de los sectores estatales, privados y las prestaciones de obras sociales, que limitan y a la vez complejizan su instrumentación ( Faraone & Barcala, 2020).
Se plantea un nuevo paradigma diferente al existente, que permite pasar de un modelo centrado en la exclusión a otro basado en la integración; del espacio institucional cerrado al espacio comunitario abierto; del enfoque basado en la enfermedad y la peligrosidad a otro basado en el concepto de sujeto de derecho en su proceso de integración social, fundado en el resguardo o la restitución de sus derechos.
Muchos de los dispositivos creados para su implementación iniciaron un proceso con tensiones y puja de actores. Esta ley rompe con el funcionamiento del orden manicomio en la Argentina y promueve el respeto de los Derechos Humanos. Desde su sanción en 2010 a la actualidad ha sido objeto de apoyos y cuestionamientos.
El período de gobierno neoliberal macrista se inició con un proceso de degradación del Ministerio de Salud al rango de Secretaría. Esta transformación operó tanto en el plano simbólico como en el real, ya que implicó entender a la salud como prestaciones individuales de servicios y en el marco de una canasta básica, en contraposición a la concepción de derecho, lo cual tuvo un fuerte impacto en el campo de la salud mental.
Las políticas públicas en estos últimos años deberían haber favorecido las prácticas sociales inclusivas que evitaran las internaciones en grandes instituciones monovalentes; sin embargo, aún se observa una importante deuda en este campo.
POLÍTICAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN HACIA LA EXTERNALIZACIÓN, LA INCLUSIÓN Y LAS RECONFIGURACIONES DE VÍNCULOS
Programas:
- Atención Primaria en Hospitales Generales.
- Plan Nacional de Salud Mental 2021/2025.
- Comisión Nacional Interministerial en Políticas de Salud Mental y Adicciones (CONISMA).
- Centro Integradores Comunitarios.
- Programa Nacional de Prevención y Lucha frente al Consumo Excesivo de Alcohol.
- Programas de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (SeDroNAr).
El plan nacional 2021/2025 se construye entre la articulación de diversos actores vinculados a la salud mental (Asociaciones profesionales, Organismos internacionales, Organizaciones de la Sociedad Civil, investigadores, Universidades, gremios, y responsables jurisdiccionales, etc) con el objetivo de desarrollar los principios esbozados en la Ley 26.657 después de los retrocesos padecidos por la precarización neoliberal y la pandemia Covid-19. En este plan se busca la articulación de los actores mencionados en un plan estratégico de integración de las personas al sistema de salud mental, favoreciendo su participación plena en la vida colectiva.
Dicho plan se constituye desde el paradigma de la salud mental comunitaria incorporando la dimensión de la interseccionalidad es decir desde la comprensión de las desigualdades sociales (género, orientación sexual, edad, etnia, religión, origen nacional y situación socio-económica) revalorizando la lógica de los cuidados en salud desde lo preventivo y colectivo, promoviendo el desarrollo de capacidades de autocuidado, apoyos diferenciales, no centrados en una perspectiva asistencialista, biologicista y medicalizado de la salud.
Dentro de las bases de dicho plan se encuentra la necesidad de comprender a la persona en su vínculo con su entorno, tomando distancia de las perspectivas que entienden al sujeto enfermo como un sujeto aislado autorresponsable que debe ser encerrado para garantizar el buen funcionamiento de la sociedad.
La Atención Primaria en Hospitales busca mejorar el abordaje temprano, los tratamientos y las acciones de prevención de los padecimientos mentales al propiciar la integración de la atención de la Salud Mental en un abordaje situado, integral, intersectorial, inclusivo y temprano.
Dentro de las limitaciones de las políticas nacionales que dicho plan 2021/2025 busca subsanar se encuentra la escasez de dispositivos intermedios que implementen estrategias de inclusión social, que conformen una red de servicios que garanticen a las personas el tránsito por un proceso terapéutico en diferentes niveles de complejidad con perspectiva de cuidados.
POLÍTICAS PÚBLICAS DE CABA HACIA LA EXTERNALIZACIÓN, LA INCLUSIÓN Y LAS RECONFIGURACIONES DE VÍNCULOS.
Programas:
- Guardias de Salud Mental en cada uno de los Hospitales Públicos de la CABA.
- Salud Mental Responde.
- Programa de Externalización Asistida.
- Programas de Inclusión Social (social, cultural y laboral).
Si bien dichos programas buscan brindar contención y acompañamiento a la salud mental por fuera del paradigma del control social y las internaciones, encontramos que no logran dar con sus objetivos por la tercerización de las tareas a Organizaciones de la Sociedad Civil, sin el debido monitoreo de las mismas, junto a la falta de un plan estratégico de coordinación de los diferentes programas, sumando los pocos recursos económicos con los que dichos programas cuentan.
Como prueba de ello nos remitimos a un informe realizado por la Auditoría General de CABA sobre el programa de Externación Asistida, informe 9.18.025 donde se analiza el programa para el periodo 2017 y donde se destacan importantes debilidades; falta de formalización del programa, debilidades en los equipos interdisciplinarios, falta de personal capacitado para las tareas, debilidades de control sobre los convenios con asociaciones civiles y fundamentalmente se observa la ausencia de articulación con otras jurisdicciones siendo que el programa se encuentra bajo el Ministerio de Desarrollo Social y Hábitat de CABA, no articula sus acciones con el Ministerio de Salud de CABA.
Tomando un estudio que hizo la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia en el 20166, se dificulta evaluar la distribución recursos para la Salud Mental en la CABA por las informalidades de la gestión, sin embargo concluyen que la participación de la atención a la Salud Mental en el presupuesto general del Ministerio de Salud de CABA proyectado a dicho año (7,97%) no llega al 10% estipulado en la Ley Nacional, y además evalúa un aumento con los años anteriores destinados a la atención en los Hospital Monovalentes lo que contradice también la norma y la propia ley de la CABA 448.
ESTADO DE SITUACIÓN DURANTE LA PANDEMIA Y SUS CONSECUENCIAS
La Organización Mundial de la Salud (OMS), en enero de 2020, declaró el brote de la enfermedad COVID-19. Desde entonces fue identificada como una emergencia internacional de Salud Pública. En marzo de 2020, dicha organización decidió identificar a la COVID-19 como una pandemia.
La pandemia de la COVID-19 cambió la vida cotidiana y trajo consigo incertidumbre, rutinas alteradas, presiones económicas, aislamiento social y temor a enfermarse. Esta situación se agravaba ante el desconocimiento de cuánto tiempo duraría la pandemia, y qué podría traer en el futuro.
Como venimos vaticinando, la Salud Mental es un proceso determinado por múltiples componentes: históricos, culturales, económicos, sociales, psicológicos y biológicos. Y la pandemia fue, por excelencia, una experiencia que ha trastocado esas lógicas. La cuarentena (ASPO)7 ha sido la medida sanitaria más utilizada para prevenir la propagación de la pandemia del COVID-19. En este sentido, la literatura internacional señala que la pandemia y el confinamiento prolongado se relacionan con efectos negativos en la salud mental de la población.
A medida que la pandemia del coronavirus se extendió rápidamente por todo el mundo, provocó un grado considerable de miedo y preocupación en la población en general y en ciertos grupos en particular: adultos mayores, proveedores de atención y personas con afecciones de salud subyacentes.
De acuerdo a lo expuesto por Julieta Calmels (Subsecretaría de Salud Mental, MSAL PBA): “el impacto en la salud mental no es igual tampoco para todos. Hay grupos y personas que, por su momento en el ciclo vital, o bien por condiciones de mayor vulnerabilidad personal y social; requieren más acompañamientos y cuidados porque son más propensos a desarrollar impactos subjetivos”8, tal como pudo verse en el peor momento de la pandemia.
El exceso de información y los rumores infundados, además hicieron que las personas se sintieran sin control y que no tuvieran claro qué hacer. Los síntomas más reportados fueron la ansiedad, la depresión, la frustración, la incertidumbre, las dificultades para dormir, la ira, el estrés postraumático y en algunos casos, el suicidio. También se ha observado casos que empeoraron los trastornos de Salud Mental previos.
Un estudio llevado a cabo entre junio y agosto de 2020 en 130 países de las seis regiones de la OMS9 reflejo los siguientes datos: más del 60% de los países señaló perturbaciones de los servicios de salud mental destinados a las personas vulnerables, incluidos los niños y los adolescentes (72%), las personas mayores (70%) y las mujeres que requieren servicios prenatales o postnatales (61%); El 67% observaba perturbaciones en los servicios de orientación psicológica y de psicoterapia. El 65% en los servicios esenciales de reducción de riesgos; y el 45% en los tratamientos de mantenimiento con agonistas de opiáceos para los adictos a los opiáceos. El 30% señaló perturbaciones en el acceso a los medicamentos destinados a tratar trastornos mentales, neurológicos y derivados del consumo de drogas.
Otro estudio esta vez de la Organización Panamericana de Salud10 analizó el impacto de la pandemia en el crecimiento de padecimientos mentales en América en función de la comprensión de las desigualdades y la fragmentación de los sistemas de salud de la región, donde se demuestra que durante el 2021 aumento de los síntomas de ansiedad y depresión que repercute principalmente en las mujeres y en las poblaciones vulnerables, el estudio además muestra un aumento en las violencias de género y en los consumos problemáticos.
Dicho estudio propuso que se acrecentara la inversión y se fortalecieran los servicios en Salud Mental en la región, integrado a los sistemas de cuidados primarios, servicios educativos y sociales. Propuso además que la pandemia sirva para replantearse los sistemas de Salud Mental de la región, donde se pueda avanzar de la atención centrada en los hospitales psiquiátricos a la atención desde los servicios integrados a la comunidad.
RECOMENDACIONES EN EL TERRITORIO
Es imprescindible para avanzar con la desmanicomialización que los manicomios sean superados por una red de contención comunitaria territorializada donde la protección, atención y el cuidado se garanticen en interacción con la comunidad de la que se es parte, pero para eso se necesitan crear, promover y asignar mayores recursos para los dispositivos territoriales de acompañamiento.
Se necesita una fuerte inversión en los proyectos de externación junto a que se refuercen los proyectos inclusivos (tanto artísticos, laborales, de servicios comunitarios). Es necesario que, las tareas que se tercerizan con Organizaciones o Asociaciones de la Sociedad Civil, tengan el debido seguimiento y acompañamiento por parte de los estados jurisdiccionales para que se cumplan con las metas y objetivos de los mismos.
Es fundamental que se fortalezcan los recursos para las Guardias de Salud Mental de los Hospitales Públicos de CABA y demás jurisdicciones, las cuales deben llegar a tener las 24 horas disponibles a los equipos profesionales correspondientes.
Destacamos la necesidad en todas las jurisdicciones, de aumentar las partidas destinadas a la atención de la Salud Mental al 10% de las partidas destinadas a Salud, el cual es el piso que establece la Ley 26.657, y fundamentalmente que los mismos recursos se asignen con esta perspectiva y no que sean asignados a las instituciones de internación.
CONCLUSIONES
Entendemos que el objetivo a buscar debe ser mejorar las condiciones de vida de las personas que padecen problemáticas vinculadas a la Salud Mental y no retroceder hacia la manicomialización del sistema, la medicalización y fundamentalmente hacia deslegitimar todas las voces que no sean parte del saber médico científico hegemónico, articulado entre las neurociencias y la psiquiatría.
Las internaciones involuntarias son consideradas dentro de la Ley 26.657 restringidas como última alternativa y a través del dictamen de un equipo interdisciplinario. Poner sobre la mesa diferencias con dichos requisitos sólo podría servir para devolver la exclusiva potestad de las internaciones a la justicia (penalizar aún más la Salud Mental) o puede que busquen que se elimine la restricción que especifica que ese equipo interdisciplinario no tenga vínculos monetarios con la persona, ni con el centro de internación, favoreciendo una vez más a que la Salud Mental se rija por intereses monetarios y no comunitarios.
Consideramos que a partir de la pandemia se produjo un aumento de problemáticas vinculadas a la Salud Mental y en la que cada vez más personas se encontraron a la deriva, siendo un riesgo para sí mismas sin el debido acompañamiento, pero con todo lo analizado en este informe comprendemos que la responsabilidad de dicho estado de situación, no se debe a debilidades en la formulación de nuestra legislación, sino más bien a la escasez de políticas públicas y recursos en pos de hacer cumplir dicha legislación.
Dentro de las debilidades que encontramos tanto a nivel nacional como en la Ciudad de Buenos Aires destacamos la falta de dispositivos de acompañamiento comunitario de las personas que padecen problemáticas de Salud Mental y de la falta de dispositivos intermedios. Por lo tanto, recomendamos que el debate público sirva para pensar estrategias en ese sentido, y redireccionar recursos presupuestarios hacia dichos abordajes.
Finalmente destacamos que, frente a la fragmentación y heterogeneidad de los dispositivos de Salud Mental, se requiere un enfoque transdisciplinario y una articulación en red entre los diversos dispositivos, donde convivan las tensiones de los enfoques cientificistas de la salud, con los diversos dispositivos de cuidados comunitarios. La Salud Mental tiene que adquirir la prioridad reclamada y ser considerada parte de la salud general de las personas.
BIBLIOGRAFÍA
Basaglia, F. (1964) La institución negada y otros escritos. En: La condena de ser loco y pobre. Alternativas al manicomio Fichas para el Siglo XXI, Editorial Topía, Buenos Aires, 2008.
Faraone, S. & Barcala A. (2020) A diez años de la sanción de la Ley Nacional de Salud Mental. Coordenadas para una cartografía posible. Colección Salud Editorial Teseo, 2020.
Foucault, M. (1964) Historia de la locura en la época clásica. I. Recuperado de: https://proletarios.org/books/Foucault-Historia_de_la_locura_I.pdf
Galende, E. (2011) El concepto de comunidad en la salud mental comunitaria. En: Salud Mental y Comunidad Vol. 1, no. 1 (dic. 2011), p. 39-50 Recuperado de: http://www.bibliopsi.org/docs/carreras/obligatorias/CFG/salud/stolkiner/el%20concepto%20de%20comunidad%20en%20la%20salud%20mental%20comunit aria.pdf
Galende E. (2015) El conocimiento y prácticas de salud mental. 1a ed. Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Lugar Editorial, 2015.
Menéndez, E. (2003) Modelos de atención de los padecimientos: de exclusiones teóricas y articulaciones prácticas. Recuperado de: https://www.scielo.br/j/csc/a/pxxsJGZjntrqbxZJ6cdTnPN/abstract/?lang=es
Notas
2http://www2.cedom.gob.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley448.html
3http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/175000-179999/175977/norma.htm
5https://www.agcba.gov.ar/docs/inf-res20201209_2024—EXTERNACION-ASISTIDA..pdf
7https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227042/20200320
8https://www.pagina12.com.ar/335731-pandemia-y-salud-mental
10https://www.thelancet.com/action/showPdf?pii=S2667-193X%2821%2900114-9